KAIYOB
Contrato de Prestación de Servicios
Última actualización: 17 de octubre de 2026

El presente Contrato de Prestación de Servicios de Intermediación Digital (en adelante, el "Contrato") regula los términos y condiciones generales bajo los cuales Inversiones Aguero SpA (en adelante, e indistintamente, "Kaiyob" o la "Empresa"), permite a personas naturales o jurídicas con plena capacidad legal para contratar y ejercer actividades comerciales (en adelante, el "Proveedor"), utilizar la plataforma móvil y la infraestructura tecnológica de propiedad de la Empresa con el único fin de publicar, ofrecer y comercializar sus servicios a terceros usuarios interesados (en adelante, los "Clientes")

OBJETO DEL CONTRATO Y NATURALEZA DE LOS SERVICIOS

El objeto del presente contrato es regular las condiciones bajo las cuales la Plataforma/Kaiyob (en adelante, indistintamente la "Empresa" o la "Plataforma") otorga al Proveedor acceso y derecho de uso de su aplicación móvil y/o plataforma digital, con el fin de que este pueda ofrecer y comercializar sus servicios directamente a los usuarios finales (en adelante, los "Clientes").

Para todos los efectos legales, las partes declaran conocer y aceptar expresamente que:

Naturaleza de Intermediación Digital: La Empresa actúa de forma exclusiva en calidad de intermediario digital, proveyendo un canal tecnológico de conexión entre Proveedores y Clientes.

Independencia de las Partes: La Empresa no es parte, no interviene, no fija los términos comerciales ni asume responsabilidad alguna en la relación contractual directa de prestación de servicios que se celebre de forma bilateral entre el Proveedor y el Cliente.

Condición de Acceso: El acceso y uso de las herramientas de la plataforma por parte del Proveedor está condicionado a la aceptación irrestricta de este Contrato, de las Políticas de Privacidad y de los Términos y Condiciones Generales de Uso de la aplicación.

CLAUSULA PRIMERA: CONSENTIMIENTO Y ACEPTACIÓN DIGITAL VINCULANTE

Las partes acuerdan expresamente que la manifestación de voluntad y el perfeccionamiento del presente Contrato se realizarán de manera electrónica.

Al hacer clic en "Acepto los términos", "Publicar Servicio", o al completar cualquier otro mecanismo interactivo de validación digital y registro dentro de la aplicación móvil de Kaiyob, el Proveedor declara bajo su propio consentimiento haber leído, comprendido, retenido y aceptado íntegramente y sin reservas cada una de las cláusulas, políticas y condiciones estipuladas en este documento.

Este acto afirmativo de validación digital constituye una manifestación de voluntad expresa y fehaciente que da nacimiento a un vínculo jurídico plenamente vinculante y exigible entre el Proveedor e Inversiones Aguero SpA, de perfecta conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 19.799 sobre Documentos Electrónicos de la República de Chile. El Proveedor reconoce que la firma electrónica o digital desplegada a través de estos mecanismos sustituye para todos los efectos legales a la firma manuscrita en soporte físico, obligando al estricto cumplimiento del contrato desde el momento exacto de su aceptación en La Plataforma.

CLAUSULA SEGUNDA: NATURALEZA JURÍDICA Y EXCLUSIÓN DE RELACIÓN LABORAL

Las partes declaran de manera expresa, libre e informada que la relación jurídica que se constituye entre Kaiyob y el Proveedor es de naturaleza estrictamente civil y comercial, y se estructura como un contrato innominado de servicios tecnológicos y de intermediación digital, complementado, según corresponda, con las reglas de los contratos de arrendamiento de servicios o de confección de obra material conforme a los artículos 1915 y 1996 del Código Civil chileno.

Las partes reconocen que en ningún caso concurren los elementos esenciales de subordinación, dependencia ni ajenidad establecidos en el artículo 7 y siguientes del Código del Trabajo. En consecuencia, aceptan las siguientes estipulaciones:

Inexistencia de Subordinación y Dependencia: El Proveedor goza de plena y absoluta autonomía funcional, técnica, organizativa, horaria y territorial para la prestación de los servicios comerciales que libremente publica en La Plataforma. El Proveedor no se encuentra sujeto a potestades de mando, dirección, supervigilancia ni a la facultad disciplinaria de Kaiyob.

Exclusión de Vínculo y Calidad Laboral: Se excluye de forma expresa cualquier relación de carácter laboral, mandato, representación legal, sociedad, joint venture o agencia comercial. Kaiyob no ostenta, ni ostentará bajo ninguna circunstancia, la calidad de empleador en los términos definidos por el artículo 4 del Código del Trabajo, quedando exenta de obligaciones relativas a cotizaciones previsionales de seguridad social, gratificaciones, indemnizaciones por años de servicio o cualquier otra prestación de índole laboral o de salud.

Absoluta Libertad de Conexión y Autonomía Operativa: El Proveedor decide con total libertad, de acuerdo a sus propios intereses comerciales, el momento, la frecuencia, el lugar y la duración de su conexión a La Plataforma. No existe una obligación de permanencia, cumplimiento de turnos mínimos, exclusividad comercial ni sujeción a rutas fijadas por la Empresa.

Facultad de Rechazo sin Sanción: El Proveedor se encuentra plenamente facultado para aceptar o rechazar discrecionalmente cualquier solicitud de servicio o reserva iniciada por un Cliente, sin que el ejercicio de este derecho a rechazar o desestimar una oferta le signifique sanción alguna, amonestación, ni la exclusión o alteración de su posicionamiento dentro del catálogo público de La Plataforma.

CLÁUSULA TERCERA: ROL DE KAIYOB: INTERMEDIACIÓN TECNOLÓGICA EXCLUSIVA

Las partes reconocen y aceptan expresamente que Kaiyob es una empresa de base tecnológica cuyo rol se limita de manera exclusiva a la administración, mantenimiento y puesta a disposición de un ecosistema e infraestructura informática (La Plataforma) destinada a coordinar, aproximar y facilitar el contacto comercial directo entre el Proveedor y los Clientes.

En consecuencia, se establecen las siguientes reglas de atribución de responsabilidad:

Ausencia de Prestación Directa: Kaiyob no es, no se considera, ni podrá ser calificada bajo ninguna circunstancia como prestadora, co-prestadora, subcontratista, garante ni comercializadora de los servicios ofrecidos, publicados o ejecutados por el Proveedor.

Inexistencia de Calidad Patronal: Consecuentemente con su naturaleza puramente tecnológica, Kaiyob no actúa en ningún caso como empleador del Proveedor, careciendo de cualquier poder de dirección o control sobre los medios materiales, técnicos y humanos que este último emplee para la realización de sus actividades.

Delimitación Contractual: Toda relación contractual, acuerdo de voluntades, fijación de plazos o condiciones de ejecución de los servicios finales se genera de forma estrictamente bilateral y directa entre el Proveedor y el Cliente, siendo ambos los únicos responsables del fiel cumplimiento de sus obligaciones recíprocas.

CLÁUSULA CUARTA: REQUISITOS Y OBLIGACIONES ESENCIALES DEL PROVEEDOR

Para habilitar su acceso a La Plataforma y mantener la facultad de ofrecer sus servicios, el Proveedor se obliga de forma permanente a cumplir con los siguientes requisitos copulativos y obligaciones de índole comercial, tributaria y legal:

Requisitos de Capacidad y Validación de Identidad

1.1 Capacidad Legal y Nacionalidad: Ser persona natural o jurídica mayor de 18 años de edad y contar con un Rol Único Tributario (RUT) de la República de Chile plenamente vigente.

1.2 Acreditación de Cuenta Bancaria: Ser titular exclusivo de una cuenta bancaria activa (corriente, vista, o CuentaRUT) del Banco Estado o Mercado Pago, la cual se destinará a la recepción de transferencias electrónicas y dispersión de fondos.

1.3 Validación de Credenciales: Haber completado satisfactoriamente la verificación técnica de su dirección de correo electrónico a través del sistema de autenticación de Kaiyob. La falta de validación del correo electrónico impedirá de forma absoluta la publicación de cualquier servicio en La Plataforma.

2. Régimen de Responsabilidad Tributaria

2.1 Cumplimiento ante el SII: El Proveedor declara que es el único y exclusivo responsable de determinar sus obligaciones fiscales, efectuar sus declaraciones y emitir las respectivas boletas de honorarios electrónicas o facturas de ventas y servicios ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

2.2 Obligatoriedad de Emisión: El Proveedor reconoce expresamente que la emisión de boletas de honorarios electrónicas es de carácter mandatorio de conformidad con el artículo 68 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (incorporado por la Ley N° 21.242) y a la Resolución Exenta N° 166 de 2020 del SII, vigentes en sus plazos de implementación obligatoria.

2.3 Autonomía de Pago: Las partes dejan constancia de que Kaiyob no verifica ni exige la emisión de estos documentos fiscales como una condición técnica o habilitante para la liberación de los pagos o la transferencia de los fondos recaudados en La Plataforma, recayendo dicha carga en la exclusiva responsabilidad del Proveedor.

3. Certificaciones, Inscripciones y Licencias Legales

3.1 Declaración Jurada de Vigencia: Para la publicación de servicios que por su naturaleza sectorial requieran de una autorización, registro, inscripción o certificación obligatoria en Chile, el Proveedor declara bajo juramento poseer al momento de dar de alta el servicio— todos los permisos e inscripciones vigentes exigidos por el ordenamiento jurídico. Esto incluye, a modo ejemplar y sin carácter taxativo:

Instalaciones eléctricas y de gas reguladas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) (incluyendo calderas y paneles solares conectados a la red de distribución).

Obras y faenas de construcción sujetas a permisos de edificación por parte de las Direcciones de Obras Municipales (DOM).

Servicios médicos, clínicos o de salud regulados por la Superintendencia de Salud y el Ministerio de Salud (MINSAL).

Servicios veterinarios, jurídicos, contables o de cualquier otra profesión universitaria de carácter regulado o colegiado.

3.2 Obligación de Continuidad: El Proveedor se obliga a mantener vigentes dichas licencias durante todo el período en que mantenga sus ofertas visibles en La Plataforma.

Insignia de Verificación: Kaiyob se reserva la facultad de cotejar de forma manual, aleatoria y no exhaustiva las certificaciones declaradas contra los registros públicos de la autoridad competente. En caso de coincidencia técnica, La Empresa podrá desplegar una insignia informativa de "Verificado" en el perfil de la publicación.

Exclusión de Garantías: La ausencia de dicha insignia no presupone la invalidez de la certificación del Proveedor, así como su presencia no exime a este de su obligación de mantenerla vigente, ni transfiere o solidariza ningún tipo de responsabilidad civil, penal o administrativa a Kaiyob por la praxis o idoneidad técnica del Proveedor.

4. Seguro de Responsabilidad Civil (Categorías Reguladas y Recomendadas)

4.1 Requisito Obligatorio: Para las categorías de servicios (como instalaciones eléctricas o de gas) en donde la normativa sectorial respectiva exija contar con una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente como condición para mantener la credencial o el registro de instalador autorizado (ej: exigencias de la SEC), el Proveedor declara bajo juramento contar con dicho seguro activo al momento de publicar y se obliga a mantener su cobertura ininterrumpida.

4.2 Recomendación General: Para el resto de los giros o categorías comerciales no reguladas por una exigencia de seguro obligatorio, Kaiyob recomienda al Proveedor contratar una póliza de responsabilidad civil adecuada a los riesgos inherentes de su actividad económica, dejando constancia de que esto no constituirá un requisito de exclusión o bloqueo para publicar en La Plataforma.

CLÁUSULA QUINTA: DISPONIBILIDAD OPERATIVA Y HORIZONTE DE AGENDAMIENTO EN CALENDARIO

El Proveedor es el único responsable de mantener actualizada su disponibilidad de tiempo y capacidad técnica dentro de La Plataforma. Para regular la reserva de citas y agendas por parte de los Clientes, se establecen las siguientes reglas contractuales:

Autonomía de Gestión: El Proveedor podrá administrar de forma libre y autónoma sus tiempos operativos, quedando facultado para bloquear y desbloquear fechas y rangos de horarios específicos dentro de las herramientas de calendario dispuestas en la aplicación móvil.

Límite del Horizonte de Agendamiento: El Proveedor declara conocer, comprender y aceptar expresamente que el calendario digital visible para los Clientes a través del cual estos seleccionan un día y hora específicos para perfeccionar la reserva de un servicio admite un horizonte máximo de sesenta (60) días corridos, contados de forma consecutiva desde el momento exacto de la contratación del servicio. Este límite opera con total independencia del período o extensión temporal que abarque la herramienta interna de bloqueo del Proveedor.

Efectos del Horizonte en la Contratación: En consecuencia con lo anterior, cualquier fecha que sea bloqueada o mantenida disponible por el Proveedor más allá del referido horizonte de 60 días corridos no resultará contratable con fecha determinada por parte de los Clientes a través del flujo automatizado del calendario. Lo anterior se entiende sin perjuicio del derecho de las partes (Cliente y Proveedor) para pactar bilateralmente la oportunidad y condiciones de ejecución de la prestación bajo la modalidad de "fecha coordinada" de forma externa o mediante el chat.

Facultad de Modificación Operativa: Kaiyob se reserva el derecho de ampliar, reducir o modificar el horizonte técnico de agendamiento de 60 días por razones de optimización comercial, actualización de software o necesidades operativas del ecosistema digital. Toda modificación a este parámetro será informada previamente a los Proveedores a través de las pantallas de la aplicación, rigiéndose bajo el mismo procedimiento de aviso previo establecido para las modificaciones globales de este Contrato.

CLAUSULA SEXTA: CONTROL DE CONTENIDO, POLÍTICA DE DESINTERMEDIACIÓN Y SERVICIOS ESTRICTAMENTE PROHIBIDOS

Kaiyob se reserva la facultad exclusiva de supervisar, moderar, auditar y rechazar aquellas publicaciones de servicios que, a exclusivo criterio de la Empresa, infrinjan sus políticas comunitarias internas, la moral, las buenas costumbres o el ordenamiento jurídico chileno vigente.

1. Listado de Servicios Estrictamente Prohibidos

Queda prohibido de forma absoluta el alta, difusión o comercialización a través de La Plataforma de las siguientes categorías de prestaciones:

1.1 Actividades Ilícitas: Servicios que sean constitutivos de delito, contrarios a las leyes penales o que promuevan directa o indirectamente actividades delictivas, el contrabando o el comercio informal.

1.2 Servicios de Cuidado de Personas: Servicios destinados a cuidados o acompañamiento de niños, niñas y adolescentes, adultos mayores, personas en situación de discapacidad o pacientes enfermos, debido al alto riesgo inherente y la naturaleza exclusivamente de intermediación digital genérica de La Plataforma.

1.3 Atentados a la Integridad: Servicios que pongan en riesgo, vulneren o afecten negativamente la integridad física, psicológica, la salud o la seguridad de terceros.

2. Servicios Regulados sin Certificación Vigente

Queda expresamente prohibido publicar u ofrecer servicios que, por mandato legal o reglamentario de la República de Chile, requieran de una certificación, licencia, título profesional o inscripción específica, cuando el Proveedor no cuente con tales documentos plenamente vigentes y validados.

El incumplimiento de esta obligación detectado por control interno o mediante denuncia facultará a Kaiyob para proceder con la baja inmediata e irreversible de la publicación, la suspensión temporal o definitiva de la cuenta del Proveedor, y el traslado de los antecedentes recopilados a la autoridad sectorial o fiscalizadora competente (tales como la Superintendencia de Electricidad y Combustibles [SEC], el Ministerio de Salud [MINSAL], las Direcciones de Obras Municipales [DOM] o el Ministerio Público), de forma unilateral y sin requerir notificación ni autorización previa del Proveedor.

3. Prohibición de Datos de Contacto Externos (Antidesintermediación)

Con el fin de resguardar la seguridad de la comunidad y evitar la evasión del modelo de negocios de la aplicación, queda estrictamente prohibido incluir números de teléfono, casillas de correo electrónico, direcciones físicas, perfiles o nombres de usuario de redes sociales, enlaces externos u otros datos de contacto directo dentro del título, descripción, etiquetas o imágenes del servicio publicado.

La Plataforma cuenta con sistemas y algoritmos automatizados de detección de texto que bloquearán o suspenderán de forma inmediata y automática aquellas publicaciones que incumplan esta norma. Las reincidencias en esta conducta serán causales de expulsión definitiva del Proveedor.

4. Deslinde de Responsabilidad y Normativa de Consumo

El Proveedor reconoce expresamente que los procesos de revisión previa o la asignación de insignias de verificación por parte de Kaiyob constituyen únicamente filtros informáticos de seguridad y orden del catálogo, por lo que no implican ni transfieren responsabilidad alguna a la Empresa sobre la idoneidad técnica o la ejecución posterior del servicio final.

En la relación de consumo generada, los Clientes se encuentran amparados por los derechos contenidos en la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. El Proveedor declara conocer que él es el único, exclusivo y directo responsable ante los Clientes por la calidad, seguridad, garantía, oportunidad y cumplimiento normativo de la prestación del servicio encomendado, debiendo mantener a Kaiyob completamente indemne frente a cualquier reclamo o acción legal.

CLAUSULA SEPTIMA: MECANISMOS DE CONVIVENCIA, DENUNCIAS, BLOQUEO Y MODERACIÓN DE CONTENIDO

Con el objetivo de garantizar la seguridad, la buena fe y un entorno de confianza mutua dentro del ecosistema digital, La Plataforma incorpora herramientas avanzadas de convivencia y protección aplicables a todos sus usuarios, incluidos de forma obligatoria los Proveedores. Estos mecanismos se regirán bajo las siguientes estipulaciones:

1. Sistema de Denuncias Bilaterales

1.1 Facultad de Reporte: Los Clientes se encuentran facultados para denunciar publicaciones de servicios, mensajes del chat interno o conductas inapropiadas del Proveedor directamente a través de los botones de reporte integrados en la aplicación móvil. De igual manera, el Proveedor goza del derecho de denunciar a los Clientes ante la concurrencia de malas prácticas o infracciones contractuales.

1.2 Efecto de la Denuncia: Los reportes ingresados serán recopilados y analizados de forma confidencial por el equipo de control de Kaiyob como evidencia de respaldo para eventuales procesos de moderación. Se deja expresa constancia de que la interposición de una denuncia por sí sola no constituye ni gatilla una sanción automatizada en contra del usuario reportado, garantizando una revisión justa del contexto de la incidencia.

2. Herramienta de Bloqueo Inmediato entre Usuarios

2.1 Naturaleza de la Medida: Cualquier usuario de La Plataforma se encuentra facultado para activar de forma unilateral el bloqueo inmediato de otro perfil dentro de la aplicación móvil. Esta acción genera el cese automático de las comunicaciones por chat, la visibilidad de perfiles y cualquier tipo de interacción digital entre ambas cuentas. Dicha restricción se mantendrá vigente mientras el usuario que la activó no decida revertirla o desactivarla manualmente desde los ajustes de su cuenta.

2.2 Exclusión de Carácter Sancionatorio: El bloqueo constituye una herramienta tecnológica de protección personal y resguardo de la privacidad, por lo que no califica como una sanción o amonestación corporativa. El Proveedor declara conocer que el ejercicio de esta función por parte de un Cliente impedirá que este último pueda visualizar sus publicaciones de servicios o efectuar futuras solicitudes de contratación.

3. Procesos Técnicos de Moderación de Contenido

3.1 Auditoría Automatizada de Imágenes: Con el fin de mitigar riesgos de seguridad informática y contenidos inadecuados, Kaiyob somete de forma obligatoria todas las imágenes cargadas por los Proveedores a un proceso de análisis automatizado a través de la herramienta Cloud Vision.

3.2 Facultad de Remoción y Suspensión: Tras la detección algorítmica o la revisión manual del contenido denunciado, Kaiyob se reserva la atribución exclusiva de remover, dar de baja u ocultar del catálogo público cualquier publicación de servicio, así como suspender o cancelar cuentas de forma temporal o definitiva conforme a las reglas de las Cláusulas Sexta y Décimo Cuarta de este Contrato. El ejercicio legítimo de esta facultad de moderación por parte de la Empresa no generará en ningún caso derecho a indemnización de perjuicios, compensación ni devolución alguna a favor del Proveedor.

4. Política de Integridad de Reseñas y Calificaciones

4.1 Prohibición de Manipulación o Cohecho Digital: El sistema de calificaciones y comentarios es un activo de transparencia de La Plataforma. Queda estrictamente prohibido al Proveedor ofrecer, solicitar, sugerir o incentivar de cualquier forma (ya sea mediante el otorgamiento de descuentos, la promesa de servicios adicionales gratuitos, transferencias económicas, reembolsos parciales u otro beneficio material o inmaterial) la publicación, modificación, alteración o eliminación de una reseña efectuada por un Cliente.

4.2 Consecuencias de la Infracción: La detección de cualquier práctica orientada a adulterar artificialmente la reputación del Proveedor facultará a Kaiyob para eliminar de forma inmediata las reseñas objeto de infracción y aplicar sanciones de bloqueo o expulsión de la cuenta del Proveedor de conformidad con lo establecido en la Cláusula Sexta del presente Contrato.

CLAUSULA OCTAVA: RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA Y CLÁUSULA DE INDEMNIDAD

El Proveedor declara, garantiza y acepta expresamente que actúa en el mercado de forma totalmente autónoma, a su propio nombre, cuenta y riesgo, siendo el único, exclusivo y directo responsable por la idoneidad, calidad, seguridad, oportunidad, legalidad y ejecución material de los servicios que ofrezca y preste a los Clientes.

En virtud de dicha autonomía y la naturaleza estrictamente de intermediación de La Plataforma, se estipulan las siguientes condiciones obligatorias:

Liberación Total e Irrevocable de Responsabilidad

El Proveedor libera de manera total, absoluta e irrevocable a Inversiones Aguero SpA (Kaiyob), así como a sus accionistas, directores, representantes legales, administradores y trabajadores, de cualquier tipo de responsabilidad civil (contractual o extracontractual), penal, administrativa o de consumo derivada de:

1.1 Daños a la integridad física, psíquica o la salud de los Clientes o de cualquier tercero.

1.2 Daños materiales, mermas, pérdidas económicas, lucro cesante o perjuicios indirectos ocasionados con motivo o durante la ejecución de la prestación del servicio intermediado.

1.3 Incumplimientos contractuales, retrasos, abandonos de obra o deficiencias técnicas en los trabajos encomendados.

Esta liberación de responsabilidad comprende de forma expresa e inequívoca todos aquellos daños o perjuicios que se deriven de la prestación de servicios regulados que requieran de una certificación legal, credencial o patente obligatoria en Chile, en los casos en que el Proveedor hubiere omitido obtenerla, renovarla o mantenerla vigente. Consecuentemente, el Proveedor asumirá de forma personal y exclusiva el pago de las multas, clausuras, sanciones administrativas e infraccionales, así como las responsabilidades de índole penal que llegasen a ser impuestas por las autoridades sectoriales competentes (tales como la SEC, MINSAL, DOM, entre otras).

Obligación de Indemnidad y Reembolso de Gastos

El Proveedor se obliga irrevocablemente a mantener a Kaiyob completamente indemne frente a cualquier reclamo extrajudicial, mediación obligatoria, denuncia infraccional, demanda civil, querella criminal, multa regulatoria o acción legal de cualquier naturaleza iniciada por Clientes o terceros con ocasión de su actividad comercial o profesional. Esta obligación incluye, de manera expresa, las acciones o reclamos de consumo tramitados ante el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) o ante los Juzgados de Policía Local competentes.

En el evento de que Kaiyob sea notificado de una acción legal o de fiscalización por causas imputables a la praxis, omisión o incumplimiento del Proveedor, este último asumirá la obligación de:

2.1 Comparecer, si la legislación procesal lo permite, en sustitución o defensa de Kaiyob, asumiendo íntegramente la representación técnica.

2.2 Reembolsar a Kaiyob la totalidad de las sumas de dinero que la Empresa se vea obligada a desembolsar por concepto de indemnizaciones, multas, costas de la causa o transacciones judiciales.

2.3 Cubrir y restituir de forma inmediata todos los costos, gastos operativos y honorarios de defensa legal de los abogados externos que Kaiyob hubiere tenido que contratar para el resguardo de sus derechos e intereses institucionales.

CLAUSULA NOVENA: CONDICIONES ECONÓMICAS, COMISIONES Y MODELO DE PAGOS

Las condiciones comerciales, el esquema de comisiones y el procedimiento técnico para la retención y dispersión de fondos asociados a las transacciones de intermediación digital realizadas dentro de La Plataforma se regirán bajo las siguientes estipulaciones:

1. Comisiones de Intermediación y Tarifas de Servicio

1.1 Comisión Base: Por cada transacción de intermediación exitosa perfeccionada a través de La Plataforma, Kaiyob percibirá un cobro de servicio o comisión equivalente a un porcentaje base del doce por ciento (12%) sobre el valor total bruto del servicio contratado.

1.2 Reducción por Suscripción PRO: El referido porcentaje base podrá ser rebajado o bonificado a favor de aquellos Proveedores que mantengan una suscripción comercial de Kaiyob PRO plenamente activa, bajo los rangos, tasas y condiciones descritas detalladamente en la Cláusula Décima de este acuerdo.

1.3 Modificación del porcentaje Base: Kaiyob se reserva la facultad de reajustar o modificar la comisión base de intermediación del 12%. Todo cambio en la tarifa será notificado a los Proveedores a través de La Plataforma y/o mediante correo electrónico con un mínimo de diez (10) días corridos de anticipación a su entrada efectiva en vigencia. El uso continuado de los servicios informáticos de la aplicación una vez vencido dicho plazo constituirá una manifestación de voluntad expresa y aceptación del nuevo porcentaje tarifario.

2. Campañas y Comisiones Promocionales Temporales

2.1 Tarifas de Campaña: Con ocasión de estrategias de marketing, lanzamientos regionales o fidelización comercial, Kaiyob podrá implementar, de forma discrecional y por plazos de tiempo determinados, un esquema de comisiones promocionales con porcentajes inferiores al cobro base (incluyendo, eventualmente, una tasa del 0% de comisión aplicable de forma exclusiva a Proveedores con suscripción Kaiyob PRO vigente).

2.2 Vigencia y Restablecimiento: El porcentaje promocional activo y su período exacto de aplicación serán comunicados de forma transparente dentro de la interfaz de la aplicación. Una vez cumplido o vencido el plazo de vigencia de la campaña, la tasa de comisión se restablecerá de manera automatizada al porcentaje base general (12%) o al valor correspondiente según la Cláusula Décima, sin que la promoción previa constituya un derecho adquirido, costumbre mercantil o una obligación de mantención indefinida a favor del Proveedor.

2.3 Exención de Aviso Previo por Reducción: Las partes acuerdan que las modificaciones de porcentaje que se efectúen exclusivamente en virtud de estas reducciones temporales de beneficio no requerirán del cumplimiento del plazo de preaviso de 10 días hábiles, al constituir una rebaja de costos operativos y no un alza o desmejora en las tarifas base.

3. Tipos de Tarificación y Precios Vinculantes

Para configurar sus ofertas en el catálogo, el Proveedor podrá optar de forma autónoma por una de las siguientes modalidades de fijación de valor, las cuales tendrán carácter vinculante para la transacción una vez seleccionadas y publicadas:

3.1 Precio Fijo: Estipulación de un monto total y determinado por la ejecución íntegra del servicio.

3.2 Precio por Hora: Configuración de una tarifa horaria fija, donde el valor final dependerá del tiempo efectivo de ejecución.

3.3 Cotización (Precio a Convenir): Modalidad en la que el valor final se pacta de forma bilateral con el Cliente posterior a un diagnóstico o evaluación técnica. Esta función se encuentra disponible exclusivamente para Proveedores que mantengan activa la suscripción de Kaiyob PRO o durante la vigencia de la Prueba Gratuita de Funciones PRO regulada en la Cláusula Décima, numeral 6.

3.4 Precio Mínimo de Publicación: Cualquiera sea la modalidad de tarificación, el valor del servicio no podrá ser inferior a $1.000 (mil pesos chilenos), umbral validado técnicamente por La Plataforma para evitar precios simbólicos que faciliten la desintermediación (Cláusula Décimo Quinta, numeral 3). Kaiyob podrá reajustarlo, previo aviso conforme al numeral 1.3 de esta Cláusula.

4. Retención y Flujo de Liberación Bancaria de Fondos

4.1 Pasarela de Recaudación: Todo pago efectuado por un Cliente para la reserva o contratación de un servicio será recaudado y retenido temporalmente a través de la infraestructura financiera provista de forma segura por Mercado Pago (MercadoPago Chile SpA).

4.2 Plazo de Dispersión: Los fondos asociados a la transacción, deducida la comisión correspondiente de Kaiyob, serán liberados y transferidos electrónicamente a la cuenta bancaria registrada por el Proveedor, condicionado a que el Proveedor efectúe la correspondiente solicitud de liquidación dentro de la interfaz de la plataforma. El procesamiento del pago se realizará en un plazo técnico de dos (2) a cinco (5) días hábiles, computados a partir de que concurran ambos requisitos: la confirmación del Cliente sobre la ejecución satisfactoria del servicio y la presentación de la solicitud de cobro por parte del Proveedor.

4.3 Monto Mínimo de Retiro: La solicitud de liquidación no podrá ser inferior a $5.000 (cinco mil pesos chilenos), validado técnicamente por La Plataforma. Los montos devengados bajo ese umbral permanecen disponibles en el saldo del Proveedor hasta que, sumados a devengos posteriores, lo superen.

5. Gestión de Reclamos y Retención por Disputas

5.1 Facultad de Congelamiento: Ante la interposición de un reclamo fundado o denuncia por parte de un Cliente respecto al cumplimiento, calidad o ejecución del servicio, Kaiyob se reserva el derecho de retener y suspender preventivamente la liberación de los fondos asociados a dicha reserva hasta que la controversia sea resuelta formalmente por las vías internas o legales.

5.2 Notificación y Descargos: Kaiyob notificará formalmente al Proveedor sobre la apertura de una disputa dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la recepción del reclamo del Cliente, otorgándole un plazo razonable y perentorio para que presente sus respectivos descargos y medios de prueba.

5.3 Auditoría de Evidencias: Para evaluar con objetividad la disputa y determinar la procedencia de los fondos, el personal internamente autorizado de Kaiyob se encuentra facultado para auditar y revisar el historial de mensajes de texto, imágenes y grabaciones de audio (notas de voz) intercambiadas a través del chat de la app vinculadas a la reserva en conflicto.

5.4 Prohibición de Compensación Cruzada: Con el objeto de mantener una contabilidad transparente y estricta separación de cuentas por transacción, Kaiyob no compensará, descontará ni cubrirá devoluciones de dinero pendientes mediante el uso de saldos de servicios futuros o transacciones distintas que el Proveedor realice en el ecosistema de La Plataforma. Cada disputa y su respectivo flujo financiero se resolverá y liquidará de forma aislada e independiente.

6. Cancelación del Cliente Previa al Inicio del Servicio, Reclamo por No Presentación y Renuncia a Disputas

6.1 Derecho de Retracto del Cliente: El Proveedor declara conocer y aceptar que, conforme al artículo 3° bis letra b) de la Ley N° 19.496 y a la Cláusula 9 de los Términos y Condiciones, el Cliente podrá dejar sin efecto unilateralmente la contratación y obtener la restitución íntegra del monto pagado, sin retención de gastos ni cobro alguno para ninguna de las partes, en todo momento anterior a que el Proveedor registre el "Inicio del Servicio" en la aplicación. Este mecanismo opera de forma automatizada por la Plataforma y no requiere autorización, consulta ni mediación de disputa por parte del Proveedor.

6.2 Reclamo por No Presentación del Proveedor: Si el Proveedor no registra el "Inicio del Servicio" dentro del horario acordado y el Cliente ingresa un reclamo formal por no presentación dentro de las 24 horas corridas siguientes a la hora programada, conforme a la Cláusula 9.b) de los Términos y Condiciones, Kaiyob actuará como mediador técnico: notificará al Proveedor por sus canales registrados, quien dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de 24 horas corridas para presentar sus descargos y evidencia de cumplimiento. Vencido dicho plazo sin respuesta, se entenderá aceptado el incumplimiento y Kaiyob procederá a la restitución íntegra del monto pagado al Cliente. Presentada evidencia oportuna, Kaiyob resolverá conforme a su criterio técnico, en base a la información disponible (registros de la aplicación, mensajería interna u otra).

6.3 Ausencia de Compensación y Derecho a Repetir: Ninguno de los reembolsos ejecutados bajo los numerales 6.1 o 6.2 generará derecho a pago, indemnización ni compensación alguna a favor del Proveedor. El monto reembolsado bajo el numeral 6.2 constituirá una deuda líquida y exigible a favor de Kaiyob, quien queda facultada para descontarlo, retenerlo o compensarlo de forma inmediata de las liquidaciones de fondos presentes o futuras del Proveedor.

6.4 Renuncia a Disputas: El Proveedor renuncia expresamente a iniciar cualquier disputa, reclamo o arbitraje en contra de Kaiyob por los reembolsos ejecutados conforme a los numerales 6.1 y 6.2 de esta cláusula.

CLAUSULA DECIMA: PROGRAMA DE SUSCRIPCIÓN COMERCIAL "KAIYOB PRO"

Kaiyob PRO, identificado en la aplicación móvil como «Suscripción Premium», constituye un programa de suscripción comercial de carácter opcional, dirigido de forma exclusiva a los Proveedores que deseen acceder a herramientas avanzadas y funcionalidades premium destinadas a optimizar su posicionamiento y gestión comercial dentro de La Plataforma.

Beneficios Incluidos

Los beneficios asociados a la suscripción activa de Kaiyob PRO contemplan, de manera enunciativa y no taxativa, las siguientes prerrogativas:

1.1 Modalidad de Cotización (Precio Abierto): Habilitación técnica para publicar y ofrecer servicios sin la obligación de fijar un precio determinado en el catálogo. Esto permite que los Clientes inicien el contacto con el Proveedor para que el monto y alcance de la prestación sean acordados de forma bilateral entre las partes.

1.2 Tasa de Comisión Reducida: Mientras la suscripción se mantenga plenamente vigente, la comisión de intermediación aplicable a las transacciones del Proveedor será inferior al porcentaje base del doce por ciento (12%) establecido en la Cláusula Novena, ajustándose rigurosamente al porcentaje de beneficio vigente que se encuentre publicado dentro de la aplicación al momento de perfeccionarse la suscripción o su renovación.

1.3 Funcionalidades Premium Adicionales: Kaiyob se reserva la facultad de incorporar, reconfigurar o modificar las herramientas premium complementarias a lo largo del tiempo, informando de su alcance técnico directamente a través de las interfaces de La Plataforma.

2. Mecanismo de Compra y Procesamiento de Pagos

2.1 Pasarela Externa (In-App Purchases): La suscripción a Kaiyob PRO se adquiere y procesa a través del sistema de compras integradas dentro de la aplicación (in-app purchases) provisto por la tienda oficial de aplicaciones Google Play.

2.2 Facturación Exclusiva de Terceros: El cobro recurrente de las tarifas correspondientes es ejecutado de forma directa por Google LLC con cargo a la cuenta, tarjeta o medio de pago vinculado por el Proveedor en su perfil de Google Play. Las partes reconocen que Kaiyob no recauda, no procesa ni almacena datos de los medios de pago utilizados para esta suscripción.

2.3 Sincronización y Validación: Kaiyob verificará la validez, vigencia y autenticidad de la suscripción mediante conexiones directas entre servidores (server-to-server) con las interfaces de programación de aplicaciones de Google Play (Google Play Developer API), habilitando o revocando de manera automatizada las funciones premium en estricta función del estado informado por dicha tienda de aplicaciones.

3. Renovación Automática, Cancelación y Políticas de Reembolso

3.1 Renovación Recurrente: La suscripción a Kaiyob PRO se renovará de forma automática al término de cada ciclo de facturación mensual, a menos que el Proveedor manifieste su voluntad de no continuar con el contrato. Para evitar el cobro del siguiente periodo, el Proveedor deberá cancelar la suscripción con al menos veinticuatro (24) horas de antelación a la fecha de vencimiento, realizando dicho trámite directamente desde los ajustes de su cuenta personal en Google Play Store.

3.2 Efectos de la Cancelación: La cancelación de la suscripción surtirá efectos únicamente al término del período de facturación que ya se encuentre pagado. El Proveedor mantendrá acceso a los beneficios PRO hasta dicha fecha, dejándose expresa constancia de que no procederá el otorgamiento de reembolsos parciales ni devoluciones de dinero por días o períodos no efectivamente consumidos dentro del ciclo en curso.

3.3 Canal Exclusivo de Reembolsos: Toda solicitud de devolución de fondos, cargos erróneos o reclamaciones de facturación asociados a la suscripción deberá ser canalizada y gestionada de forma exclusiva ante Google Play, de perfecta conformidad con sus políticas de reembolso corporativas. Kaiyob queda eximido de procesar restituciones directas de dinero por este concepto.

4. Modificación de Tarifas y Alcance de Beneficios

Kaiyob se reserva la facultad de reajustar el precio comercial o el alcance técnico de los beneficios que integran el paquete de Kaiyob PRO. Dichas modificaciones serán notificadas a los Proveedores dentro de La Plataforma con un mínimo de treinta (30) días de anticipación a su entrada en vigencia. Si el Proveedor no acepta las nuevas condiciones arancelarias o de beneficios, deberá cancelar su suscripción a través de Google Play antes del vencimiento del ciclo, conservando los derechos originales hasta el término del período ya pagado.

5. Efecto sobre Publicaciones Existentes ante Término o Cancelación

Al producirse la pérdida de vigencia de la suscripción (ya sea por cancelación voluntaria, falta de pago o revocación del estado por parte de Google Play), todos los servicios que el Proveedor hubiere publicado bajo la modalidad de "Cotización" dejarán de ser visibles automáticamente para los Clientes en el catálogo público de la aplicación. Para restablecer la visibilidad de dichas ofertas, el Proveedor deberá, de forma alternativa, renovar de manera satisfactoria su suscripción a Kaiyob PRO, o bien reconfigurar manualmente sus publicaciones vinculándolas a un esquema de Precio Fijo o Precio por Hora.

6. Prueba Gratuita de Funciones PRO

6.1 Naturaleza y Plazo: Kaiyob podrá habilitar, por un período determinado e informado dentro de La Plataforma, una prueba gratuita de la función descrita en el numeral 1.1 de esta Cláusula (la «Prueba Gratuita»). A la fecha de la última actualización de este documento, la Prueba Gratuita se encuentra vigente hasta las 23:59 horas del 31 de diciembre de 2026, hora de Chile continental. Kaiyob podrá extender su duración, pero una vez informado un plazo no lo acortará, sin perjuicio de las medidas de suspensión que correspondan por infracción de este contrato o por caso fortuito o fuerza mayor.

6.2 Alcance: Durante la Prueba Gratuita, todo Proveedor podrá publicar servicios bajo la modalidad de Cotización (Precio Abierto) sin necesidad de mantener una suscripción Kaiyob PRO activa. La Prueba Gratuita no tiene costo, no exige registrar medios de pago, no se renueva automáticamente y no incluye la tasa de comisión reducida del numeral 1.2 ni ninguna otra prerrogativa de la suscripción.

6.3 Comisión Aplicable: Durante la Prueba Gratuita, las transacciones del Proveedor bajo cualquier modalidad de tarificación, incluida la Cotización, estarán afectas a la comisión general de intermediación vigente al momento en que se confirme el pago de cada reserva, conforme a la Cláusula Novena, incluyendo cualquier comisión promocional que se encuentre informada en la aplicación. La comisión aplicable a cada reserva queda fijada al confirmarse su pago y no se modifica retroactivamente.

6.4 Contratación de la Suscripción durante la Prueba: Mientras dure la Prueba Gratuita, Kaiyob podrá suspender temporalmente la oferta de contratación de la suscripción Kaiyob PRO dentro de la aplicación. El Proveedor que mantenga una suscripción vigente conserva su estado, y su cancelación y reembolso se rigen por el numeral 3 de esta Cláusula.

6.5 Término y Efectos: Al término de la Prueba Gratuita, respecto de los Proveedores que no mantengan una suscripción Kaiyob PRO vigente: (a) los servicios publicados bajo la modalidad de Cotización dejarán de ser visibles para los Clientes, y para restablecer su visibilidad se aplicará lo dispuesto en el numeral 5 de esta Cláusula; (b) las solicitudes de cotización pendientes o aprobadas sobre esos servicios que no tengan una contratación con pago en curso se cancelarán automáticamente, y Kaiyob notificará la cancelación al Proveedor y al Cliente; y (c) las reservas ya pagadas, y aquellas cuya contratación y pago se encuentren en curso al momento del término, se mantienen y se ejecutan en sus términos. Todo pago ya efectuado por un Cliente se rige por las reglas de retracto y reembolso de los Términos y Condiciones.

6.6 Aviso de Término: Kaiyob informará el término de la Prueba Gratuita mediante notificación dentro de La Plataforma con una anticipación no inferior a siete (7) días corridos respecto de la fecha de término vigente en ese momento.

6.7 Sin Derecho Adquirido: La Prueba Gratuita constituye una liberalidad temporal de Kaiyob. Su término no genera derecho a indemnización ni obliga a Kaiyob a mantener la modalidad de Cotización sin suscripción con posterioridad a su vencimiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 6.1.

CLAUSULA DECIMO PRIMERA: PROCEDIMIENTO ANTE SUPUESTO DE SERVICIO INICIADO Y NO EJECUTADO

1. Obligación de Registro Operativo (Marcado de Hitos):

El Proveedor tiene la obligación contractual de registrar en tiempo real el avance de la prestación dentro de La Plataforma. En virtud de ello, deberá marcar el "Inicio del Servicio" en la aplicación móvil única y exclusivamente cuando se encuentre de forma presencial y efectiva con el Cliente dando comienzo material al trabajo. Asimismo, deberá marcar el "Término del Servicio" de manera inmediata una vez finalizadas las tareas. Estos registros cronológicos constituyen la evidencia técnica necesaria mediante la cual el Cliente confirma la recepción y el sistema habilita la posterior liberación del pago conforme a las reglas de la Cláusula Novena, numeral 4.

2. Supuesto Especial de Aplicación:

Las reglas de resolución dispuestas en esta cláusula se aplicarán de forma excepcional cuando concurran de manera estrictamente copulativa los siguientes tres requisitos:

2.1 El Proveedor activó de forma digital el Hito de "Inicio del Servicio" en La Plataforma.

2.2 Ha transcurrido un plazo temporal prolongado e inusual sin que el Proveedor registre el correspondiente Hito de "Término del Servicio".

2.3 El Cliente ingresa un reporte formal a la mesa de ayuda denunciando de forma expresa que el servicio intermediado no fue efectivamente ejecutado.

3. Procedimiento Obligatorio de Validación:

Kaiyob actúa bajo el principio de buena fe y bilateralidad contractual. En consecuencia, la Empresa no adoptará decisión financiera o administrativa alguna respecto al destino de los fondos sin haber cumplido previa, íntegra y sucesivamente con cada una de las siguientes etapas procesales:

3.1 Notificación Formal: Al recibir el reporte del Cliente, Kaiyob notificará al Proveedor a través de los canales digitales vinculados a su cuenta (mediante una alerta directa push dentro de la aplicación móvil y/o un correo electrónico transaccional remitido por Resend, Inc.), individualizando detalladamente la reserva o contratación afectada y la naturaleza del reclamo.

3.2 Plazo de Respuesta: Kaiyob podrá otorgar al Proveedor un plazo no inferior a veinticuatro (24) horas, contadas de forma corrida desde el envío de la notificación, para manifestar lo que a su derecho convenga. Dentro de este plazo, el Proveedor deberá responder a través del chat de la reserva en conflicto, aportar antecedentes de respaldo que acrediten la ejecución o, en su defecto, marcar el servicio como terminado en la interfaz de la app. El plazo de gracia exacto aplicable al caso será visualizado explícitamente dentro del cuerpo de la notificación enviada.

3.3 Efecto de la Respuesta Oportuna: Si el Proveedor comparece dentro del plazo de las 24 horas aportando descargos, o registra digitalmente el servicio como realizado, la contratación reanudará su curso ordinario en La Plataforma. De persistir una disconformidad mutua o desacuerdo técnico sobre la calidad o finalización de las obras entre las partes, la incidencia se derivará y resolverá definitivamente bajo las reglas de auditoría y mediación del procedimiento general de disputas establecido en la Cláusula Novena, numeral 5.

3.4 Efecto del Silencio y Carga Procesal: Si vencido en su totalidad el plazo otorgado el Proveedor mantiene un silencio absoluto y no registra comunicación alguna por ninguno de los canales informáticos provistos por La Plataforma, Kaiyob quedará facultado de pleno derecho para dejar sin efecto la contratación de forma inmediata, procediendo a la restitución íntegra del monto pagado a favor del Cliente. En este supuesto, el Proveedor perderá irrevocablemente el derecho a percibir el pago del servicio, así como cualquier abono, y no se generará el cobro de la comisión de intermediación.

4. Resguardo de Trazabilidad e Irrevisibilidad Administrativa:

4.1 Auditoría de Registro: Toda resolución que sea adoptada por La Empresa bajo el amparo de esta cláusula quedará asentada de forma permanente en los sistemas de auditoría interna de Kaiyob, especificando los fundamentos técnicos de la decisión y la individualización del personal autorizado que validó la operación.

4.2 Decisión Final Preclusiva: Transcurrido el plazo de respuesta sin comparecencia del Proveedor por las vías indicadas, la resolución de dejar sin efecto la contratación y reembolsar los fondos tendrá el carácter de definitiva e irreversible en la vía corporativa. Kaiyob no habilitará instancias de apelación interna, no revisará evidencias técnicas o documentales presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo, ni efectuará desembolsos o pagos adicionales por la contratación afectada.

4.3 Reserva de Acciones Legales: Se deja expresa constancia de que la definitividad de este procedimiento interno no priva al Proveedor de las acciones de carácter civil o comercial que las leyes chilenas le confieran, conservando plenamente su derecho a recurrir ante las instancias arbitrales, administrativas o los Tribunales Ordinarios de Justicia competentes para reclamar en contra del Cliente.

5. Excepción por Imposibilidad Técnica de Notificación:

En el evento fortuito de que Kaiyob, por fallas en las pasarelas de comunicación o caídas de servidores, se vea imposibilitado técnicamente de enviar o materializar la notificación al Proveedor por alguno de los canales registrados, no se aplicará bajo ninguna circunstancia el efecto del silencio ni la cancelación automatizada. Ante dicha imposibilidad de notificación, el caso será suspendido y derivado directamente para su resolución manual bajo el procedimiento ordinario de disputas regulado en la Cláusula Novena, numeral 5 de este Contrato.

CLÁUSULA DÉCIMO PRIMERA BIS: RECUPERACIÓN DE FONDOS YA LIQUIDADOS AL PROVEEDOR POR REVERSO DEL MEDIO DE PAGO

1. Supuesto de Aplicación: Esta cláusula se aplica cuando, con posterioridad a la liquidación de fondos al Proveedor conforme a la Cláusula Novena, la pasarela de pagos (Mercado Pago) informe la reversión total o parcial del pago subyacente, ya sea por (i) un reembolso gestionado ante Mercado Pago, o (ii) un contracargo (chargeback) iniciado por el titular de la tarjeta ante la entidad emisora.

2. Facultad de Recuperación: El Proveedor autoriza expresamente a Kaiyob para deducir de su saldo, o de futuras liquidaciones, el monto neto efectivamente recibido por la reserva afectada, excluyendo la comisión de la plataforma e impuestos retenidos, y en ningún caso un monto superior al percibido.

3. Congelamiento Preventivo: Al detectarse la alerta de reverso o contracargo, Kaiyob podrá suspender preventivamente la posibilidad del Proveedor de solicitar nuevos retiros de la cuenta afectada, dejando constancia de una obligación de pago pendiente, mientras se determina el monto definitivo y la procedencia de la disputa.

4. Procedimiento y Derecho a Descargos: Previo a efectuar la deducción definitiva, Kaiyob notificará al Proveedor por sus canales digitales registrados, individualizando la reserva y el monto afectado. El Proveedor dispondrá de un plazo de 24 horas corridas para aportar antecedentes de respaldo, incluyendo, cuando exista, el registro de confirmación del servicio por parte del propio Cliente dentro de la aplicación. Kaiyob resolverá administrativamente el caso en base a la suficiencia de dichos antecedentes antes de ejecutar el descuento.

5. Restitución si la Disputa se Resuelve a Favor del Proveedor: Si con posterioridad a la deducción Kaiyob obtiene, por cualquier vía admitida por Mercado Pago o la entidad bancaria emisora, una resolución favorable que reconozca la validez del cobro original, restituirá al Proveedor el monto neto deducido en un plazo máximo de 5 días hábiles desde que los fondos sean efectivamente devueltos y liberados en la cuenta de la plataforma.

6. Límite Temporal: La facultad de recuperación regulada en esta cláusula estará vigente por un plazo de 90 días corridos contados desde la fecha en que el Cliente efectuó el pago original, igualando la ventana técnica de reembolsos totales de Mercado Pago.

7. Insuficiencia de Saldo y Título Ejecutivo: Si el Proveedor no cuenta con saldo suficiente para cubrir el monto a recuperar: (a) el saldo negativo se consolidará como una deuda líquida, determinada y actualmente exigible en contra del Proveedor; (b) Kaiyob mantendrá la cuenta en estado de bloqueo comercial y suspensión de retiros hasta que la obligación sea íntegramente cubierta con ingresos futuros; y (c) este Contrato, junto con el comprobante de liquidación de la reserva y la notificación de reverso emitida por Mercado Pago, constituirán títulos suficientes para perseguir el cobro ejecutivo de la deuda en sede civil, corriendo por cuenta del Proveedor los gastos de cobranza judicial.

8. Límite de la Gestión de Kaiyob: Kaiyob no garantiza al Proveedor el resultado de una disputa ante Mercado Pago o la entidad bancaria emisora, ni asume responsabilidad por las políticas, plazos o restricciones técnicas de dichos terceros para procesar apelaciones.

9. Renuncia a Reclamos por Resoluciones de la Pasarela: El Proveedor reconoce que Kaiyob no tiene injerencia ni control sobre los criterios de resolución que adopte Mercado Pago o las entidades bancarias emisoras respecto de una reversión o contracargo, y renuncia a ejercer acción alguna en contra de Kaiyob por los fondos retenidos o descontados a consecuencia de dichas resoluciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 4 precedente.

CLÁUSULA DECIMOSEGUNDA: RÉGIMEN DE PROMOCIONES COMERCIALES, CONCURSOS Y SORTEOS

Kaiyob podrá organizar y ejecutar de forma discrecional, con fines de publicidad comercial, marketing e incentivo del ecosistema digital, diversas promociones, concursos o sorteos de carácter temporal dirigidos a la comunidad de la aplicación móvil.

Dichas actividades publicitarias se regirán bajo las siguientes estipulaciones generales:

Mecanismo de Participación por Actividad: El Proveedor podrá participar y acumular opciones en dichas campañas en razón directa del historial de su actividad ordinaria y comportamiento comercial dentro de La Plataforma (tales como el volumen de servicios publicados, contrataciones exitosas recibidas, antigüedad de la cuenta o reseñas positivas obtenidas, entre otros parámetros que determine la Empresa).

Gratuidad Absoluta: La participación del Proveedor en estos sorteos o promociones será completamente gratuita y automatizada. No se exigirá al Proveedor la realización de ningún tipo de pago, desembolso, suscripción forzosa ni ninguna acción adicional u operativa que altere el uso normal de las herramientas informáticas de La Plataforma.

Prevalencia de las Bases Especiales: Cada campaña publicitaria, concurso o sorteo en particular se regirá de forma estricta por sus propios anexos de Bases Administrativas y de Condiciones Especiales. Dichas bases serán redactadas y publicadas de forma íntegra por Kaiyob dentro de la aplicación móvil con anterioridad a su difusión pública, y prevalecerán jerárquicamente sobre lo establecido en esta cláusula general en todo aquello que sea específico para dicha promoción.

Transparencia de Resultados y Enmascaramiento de Datos: En cumplimiento del principio de transparencia e información veraz hacia el público, el listado de resultados o nómina de ganadores podrá ser publicada en las interfaces de La Plataforma. Con el fin de resguardar la seguridad de los participantes, dicha nómina exhibirá únicamente el nombre de pila del Proveedor y su dirección de correo electrónico parcialmente enmascarada (por ejemplo: pe***@gmail.com), de perfecta conformidad con lo estipulado en la Cláusula Décimo Quinta de este acuerdo y con la Política de Privacidad de Kaiyob.

CLAUSULA DECIMO TERCERA: AUSENCIA DE COBERTURAS DE SEGUROS Y EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS COMERCIALES

De conformidad con la naturaleza estrictamente de intermediación tecnológica de La Plataforma, el Proveedor declara conocer, comprender y aceptar expresamente las siguientes condiciones de exclusión de coberturas y riesgos comerciales:

Inexistencia de Coberturas de Seguros: Kaiyob no proporciona, no financia, no intermedia ni mantiene vigentes pólizas de seguros de accidentes personales, seguros de vida, seguros de responsabilidad civil, ni de ningún otro tipo de cobertura de riesgos o asistencia en favor del Proveedor, de sus dependientes, subcontratistas o de los Clientes.

Exclusión de Garantías sobre los Servicios: La Empresa no otorga garantías comerciales, explícitas o implícitas, respecto del éxito, volumen de contrataciones, nivel de ingresos, reputación, ni sobre la idoneidad técnica o resultados de los servicios publicados y ejecutados por el Proveedor en el ecosistema digital.

Asunción Integral del Riesgo Operacional: El Proveedor reconoce que actúa como un operador económico independiente y autónomo en el mercado chileno. En virtud de ello, el Proveedor asume de forma personal, exclusiva e ilimitada todos los riesgos comerciales, civiles, patrimoniales, operativos e inherentes al ejercicio de su actividad profesional o comercial, incluyendo casos fortuitos o de fuerza mayor ocurridos con ocasión, durante o de forma posterior a la prestación del servicio intermediado.

CLAUSULA DECIMO CUARTA: PROPIEDAD INTELECTUAL, REPUTACIÓN CORPORATIVA Y MODERACIÓN DE CONTENIDO

1. Licencia Limitada de Uso de Contenido Publicitario:

El Proveedor otorga a Kaiyob una autorización y licencia de uso de carácter no exclusiva, gratuita, revocable y territorialmente limitada a la República de Chile, sobre su nombre comercial, logotipos, marcas comerciales, material gráfico, fotografías, material audiovisual y descripciones de servicios cargadas en el sistema informático. Esta autorización faculta a la Empresa de forma única y exclusiva para reproducir, adaptar y exhibir dichos elementos con fines publicitarios, de marketing, indexación y promoción comercial dentro de las interfaces y pantallas de La Plataforma. Dicha licencia se mantendrá vigente única y exclusivamente mientras la cuenta del Proveedor permanezca activa y con sus credenciales vigentes en la aplicación, extinguiéndose de pleno derecho al producirse la baja o eliminación del perfil.

2. Resguardo del Prestigio Comercial y Reputación:

Kaiyob se reserva la facultad soberana de suspender, dar de baja o eliminar del catálogo público, de forma inmediata y sin necesidad de declaración judicial previa, cualquier publicación de servicio, reseña o perfil de Proveedor que, a exclusivo criterio de la Empresa, afecte negativamente el prestigio comercial, el buen nombre o la reputación institucional de La Plataforma, así como en los casos en que se verifique un incumplimiento flagrante de la normativa legal e infraccional vigente en el país.

3. Procedimiento de Reporte por Infracción de Derechos de Terceros (Notice and Take Down):

De conformidad con los estándares de la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual y de propiedad industrial en Chile, si un tercero o titular legítimo considera que una fotografía, imagen, marca, eslogan, descripción u otro contenido digital publicado de forma voluntaria por el Proveedor infringe sus derechos de autor, derechos conexos o marcas comerciales registradas, podrá reportar formalmente dicha contravención enviando los antecedentes de respaldo a la casilla electrónica: admin@kaiyob.com.

Al recibir una denuncia que revista caracteres de fundabilidad, Kaiyob se encuentra plenamente facultado para remover, ocultar o bloquear preventivamente del catálogo el contenido cuestionado de manera inmediata mientras evalúa técnicamente el caso. El ejercicio de esta medida cautelar informática de protección por parte de la Empresa no generará derecho a indemnización ni responsabilidad alguna en favor del Proveedor afectado, entendiéndose todo lo anterior sin perjuicio de las acciones legales, civiles o penales que el Proveedor se estime asistido para ejercer en contra del denunciante si considera que la remoción o acusación carece de justificación jurídica.

4. Garantía de Titularidad e Indemnidad por el Contenido Publicado:

El Proveedor declara y garantiza que las fotografías, imágenes, videos, grabaciones de audio, música, logotipos, textos y demás materiales que cargue en La Plataforma, ya sea en sus publicaciones, en su perfil o en el chat, son de su autoría o cuenta con las autorizaciones necesarias de sus titulares, y que no infringen derechos de autor, derechos conexos, marcas, ni derechos de terceros sobre su imagen, su voz o su vida privada. Respecto de ese contenido, el Proveedor es el único responsable civil, penal y administrativo, y se obliga a mantener indemne a Kaiyob frente a cualquier reclamo, demanda, multa o acción de terceros, incluidos los gastos razonables de defensa, sin perjuicio de la cláusula octava. La moderación automatizada o manual de Kaiyob no constituye validación de la titularidad del contenido ni asunción de responsabilidad sobre él.

CLAUSULA DECIMO QUINTO: TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES, COMUNICACIONES POR CHAT Y USO ACEPTABLE DE LA PLATAFORMA

El Proveedor se obliga al cumplimiento irrestricto de las siguientes disposiciones relativas a la protección de activos digitales, confidencialidad de las comunicaciones y seguridad de la información:

1. Consentimiento Expreso para el Tratamiento de Datos

Al perfeccionar el presente Contrato, el Proveedor otorga su consentimiento expreso, previo, libre e informado para que Kaiyob realice el tratamiento de sus datos personales incluyendo su Rol Único Tributario (RUT), datos de la cuenta bancaria de destino, fotografía de perfil, historial operativo de servicios, mensajes de texto y grabaciones de audio enviadas a través del chat interno.

Este procesamiento se ejecutará en estricto cumplimiento de la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada, la Ley N° 21.719 (en período de transición) y de conformidad con los términos de la Política de Privacidad de Kaiyob. El Proveedor reconoce que el personal internamente autorizado de la Empresa podrá acceder a dicha información mediante un panel de administración restringido (backoffice) de forma exclusiva para fines de gestión de retiros, resolución de disputas, moderación de denuncias, soporte técnico y verificación de certificaciones sectoriales, según lo detallado en la Sección 5 de la citada Política.

2. Inviolabilidad del Chat e Integridad de las Grabaciones de Audio

2.1 Almacenamiento Seguro: Todas las comunicaciones de texto y grabaciones de audio (mensajes de voz) efectuadas a través del chat interno de la aplicación móvil serán almacenadas de forma cifrada en la infraestructura en la nube de Google LLC (Firebase / Cloud Storage), utilizándose de forma exclusiva para los fines operativos del servicio intermediado y como respaldo probatorio ante eventuales disputas.

2.2 Protección Penal de las Comunicaciones: De perfecta conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley N° 21.459 sobre Delitos Informáticos, queda estrictamente prohibida la interceptación ilícita, el acceso no autorizado, la reproducción, copia, alteración o difusión pública o privada de dichas comunicaciones por parte del Proveedor o de terceros sin una autorización expresa o mandato judicial. Cualquier contravención a esta norma será constitutiva de delito informático y penalizada conforme a la ley penal chilena.

3. Prohibición Absoluta de Evasión de La Plataforma (Desintermediación)

Con el propósito de salvaguardar el modelo de negocios y garantizar un entorno transaccional seguro, el Proveedor tiene estrictamente prohibido eludir de manera directa o indirecta las herramientas informáticas de Kaiyob.

En consecuencia, el Proveedor no podrá contactar, coordinar, presupuestar ni acordar de forma directa o externa la prestación de servicios con Clientes cuyos datos de contacto o requerimientos comerciales hayan sido obtenidos originalmente a través de las herramientas de La Plataforma. Esta prohibición de desintermediación se mantendrá vigente durante toda la duración de este Contrato y se extenderá por un período de seis (6) meses adicionales contados desde la fecha de finalización o cierre de la última reserva o servicio intermediado con dicho Cliente. La contravención de esta norma será calificada como un incumplimiento contractual de carácter grave, facultando a Kaiyob para proceder con la expulsión definitiva del Proveedor sin derecho a indemnizaciones.

4. Autorización de Transferencia Internacional de Datos

Amparado en lo dispuesto en los artículos 27 y 28 de la Ley N° 21.719, el Proveedor autoriza expresamente a Kaiyob a efectuar la transferencia técnica internacional y comunicación de sus datos hacia sus socios tecnológicos estratégicos de clase mundial.

Google LLC: Para servicios de base de datos e infraestructura (Firebase/Cloud Storage), reportes técnicos (Crashlytics), análisis inteligente y moderación automatizada de archivos gráficos (Cloud Vision) y procesamiento de las transacciones del módulo premium (Google Play Billing).

OneSignal, Inc.: Al solo efecto de procesar el despacho de las notificaciones push operativas.

Algolia, Inc.: Para la indexación automática del catálogo de búsquedas.

Resend, Inc.: Para el envío automatizado de correspondencia electrónica transaccional.

MercadoPago Chile SpA (Mercado Pago): Entidad encargada del procesamiento, recaudación y dispersión segura de los flujos económicos de los servicios en pesos chilenos (CLP).

5. Ejercicio de Derechos ARCOP

El Proveedor podrá ejercer en cualquier momento y de forma gratuita sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición y Portabilidad (ARCOP) respecto de sus datos personales, enviando un requerimiento formal desde su casilla registrada a la dirección electrónica: admin@kaiyob.com, solicitud que será tramitada y resuelta bajo los estándares y plazos establecidos en la legislación aplicable.

CLAUSULA DECIMO SEXTO: VIGENCIA, DURACIÓN Y CAUSALES DE TÉRMINO CONTRACTUAL

El presente Contrato tendrá una duración de carácter indefinida a contar de la fecha de su aceptación digital por parte del Proveedor, manteniéndose vigente mientras ninguna de las partes manifieste su intención de ponerle término de conformidad con las siguientes reglas:

1. Término Voluntario y Unilateral (Resciliación)

Cualquiera de las partes se encuentra facultada para poner término al presente Contrato de forma unilateral y sin necesidad de expresión de causa, mediante una comunicación escrita dirigida a la otra parte. Dicha notificación deberá canalizarse formalmente a través de las herramientas informáticas habilitadas dentro de la propia aplicación móvil (módulo de solicitud de eliminación de cuenta) o mediante un correo electrónico enviado a las casillas registradas (admin@kaiyob.com en el caso de la Empresa). El término del vínculo operará de pleno derecho una vez procesada de forma técnica la baja del perfil.

2. Término por Causa Justificada Imputable al Proveedor

Kaiyob podrá resolver e interrumpir el presente Contrato de forma inmediata, procediendo al bloqueo cautelar o expulsión definitiva del Proveedor sin requerir declaración judicial previa ni dar derecho a indemnización alguna, únicamente ante la ocurrencia de una causa justificada y debidamente fundada. Se calificarán expresamente como causas justificadas de término las siguientes conductas:

2.1 Incumplimiento de Términos: La infracción flagrante o reiterada de cualquiera de las obligaciones y prohibiciones estipuladas en este Contrato, en los Términos y Condiciones Generales de Uso o en las Políticas de Privacidad de La Plataforma.

2.2 Reclamos y Disputas Reiteradas: La acumulación inusual o persistente de evaluaciones negativas, reportes de mala praxis, denuncias por conductas inapropiadas o la apertura reiterada de disputas por parte de los Clientes respecto a la calidad, seguridad u oportunidad de sus servicios.

2.3 Evasión de la Plataforma (Desintermediación): La detección de conductas orientadas a desintermediar los servicios, contactando externamente a los Clientes obtenidos en la app para eludir las tarifas de intermediación de Kaiyob.

2.4 Ilegalidad y Pérdida de Certificaciones: El ofrecimiento de servicios prohibidos, la pérdida de vigencia, falsificación u omisión de las licencias, credenciales o certificaciones legales obligatorias exigidas por las autoridades sectoriales en Chile (como la SEC, MINSAL, DOM), o la comisión de actos constitutivos de delito a través de La Plataforma.

3. Liquidación de Fondos y Pagos Pendientes

Al producirse el término del Contrato por cualquiera de las vías antes descritas, las partes procederán a realizar un proceso técnico de clausura y liquidación de cuentas, sujeto a las siguientes condiciones:

3.1 Liberación de Saldos: Kaiyob, a través de Mercado Pago, gestionará la liberación y transferencia electrónica de todos los fondos acumulados a favor del Proveedor que correspondan a servicios que hayan sido efectivamente ejecutados, finalizados y confirmados a satisfacción por el Cliente con anterioridad a la fecha de término del contrato, deducidas las comisiones de intermediación aplicables.

3.2 Retención por Disputas Activas: En caso de existir transacciones o reservas que se encuentren bajo un procedimiento activo de disputa o reclamo por parte de un Cliente al momento del cierre de la cuenta, Kaiyob se reserva el derecho de mantener dichos fondos retenidos provisionalmente hasta la resolución definitiva de la incidencia conforme a las reglas de la Cláusula Novena, numeral 5.

CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMO: LEY APLICABLE, DOMICILIO CONTRACTUAL Y JURISDICCIÓN.

El presente Contrato se encuentra sujeto al principio de buena fe y se rige en su totalidad de forma exclusiva por las leyes vigentes de la República de Chile

Para efectos de su interpretación, ejecución, cumplimiento y resolución, se establecen las siguientes estipulaciones obligatorias:

Marco Normativo de Referencia: Este acuerdo se regula en subsidio por las disposiciones del Código Civil y del Código de Comercio chilenos en materia de obligaciones entre privados. Asimismo, su aplicación técnica e informática se encuentra adscrita al estricto cumplimiento de la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada en armonía con la Ley N° 21.719 (Protección de Datos Personales), y las responsabilidades penales informáticas tipificadas en la Ley N° 21.459 (Ley de Delitos Informáticos).

Prórroga de Competencia y Domicilio Contractual: Para todos los efectos legales, civiles, infraccionales y procesales derivados de las estipulaciones de este documento, las partes fijan su domicilio especial y contractual en la ciudad y comuna de Valdivia, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o territorio que les pudiere corresponder.

Sometimiento a Tribunales: Cualquier controversia, conflicto, duda o reclamación que surja entre el Proveedor e Inversiones Aguero SpA con ocasión o motivo del uso de La Plataforma, y que no pueda ser solucionada de manera amistosa a través de los canales internos de soporte, será sometida de forma exclusiva a la resolución y competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de Valdivia. Se exceptúan los casos en que la ley reconozca al Proveedor, en su calidad de consumidor, el derecho a elegir el tribunal competente, en los cuales prevalecerá esa elección. Los reclamos que un Cliente, en su calidad de consumidor, dirija contra el Proveedor se tramitarán ante el tribunal que la ley le permita elegir, sin que este Contrato lo restrinja.

Mediación Previa: Antes de acudir a los tribunales, las partes procurarán resolver la controversia a través del soporte de La Plataforma y, si no hubiere acuerdo, mediante una instancia de mediación voluntaria a la que cualquiera de ellas podrá convocar por escrito a la otra, con un plazo de quince (15) días hábiles para alcanzar un acuerdo. Esta instancia no suspende ni impide la solicitud de medidas urgentes, ni el ejercicio de las acciones que correspondan al Proveedor como consumidor.

Reserva de Derechos del Titular: Nada de lo estipulado en las cláusulas del presente Contrato podrá ser interpretado de forma tal que prive, restrinja o limite al Proveedor del legítimo ejercicio de los derechos irrenunciables que las leyes chilenas vigentes le reconozcan en su calidad de ciudadano, profesional o consumidor. Se reconoce plenamente su derecho a recurrir y solicitar tutela ante las instancias administrativas, arbitrales o judiciales competentes, incluyendo el acceso a los mecanismos de justicia individual o colectiva que legalmente correspondan.

CLAUSULA DECIMO OCTAVO: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR

Ninguna de las partes será civil ni contractualmente responsable por el incumplimiento, cumplimiento imperfecto o retraso en la ejecución de las obligaciones asumidas en este Contrato, cuando dicha anomalía operativa obedezca única y exclusivamente a la ocurrencia de un caso fortuito o de fuerza mayor, de conformidad con la definición y alcances legales establecidos en el artículo 45 del Código Civil chileno.

Para efectos de este acuerdo, las partes acuerdan de forma expresa que se calificarán bajo este régimen de exención de responsabilidad, entre otros eventos imprevistos e imposibles de resistir, los siguientes supuestos:

Fallas Tecnológicas Críticas de Terceros: Interrupciones masivas, caídas generales de servidores o fallas técnicas sistémicas e imprevistas en la infraestructura tecnológica y de telecomunicaciones de los proveedores globales esenciales e integrados en La Plataforma, tales como Google LLC (Firebase / Google Cloud) o la pasarela de recaudación MercadoPago Chile SpA, siempre que dichas incidencias escapen al control directo y diligencia de Kaiyob.

Eventos de la Naturaleza: Catástrofes naturales de gran magnitud, terremotos, maremotos, inundaciones, temporales climáticos extremos o sismos que impidan materialmente el desplazamiento o la ejecución física de los servicios acordados por parte del Proveedor en el territorio nacional.

Actos de Autoridad y Restricciones Legales: Disposiciones de carácter sanitario, actos de príncipe, dictación de leyes prohibitivas de emergencia, restricciones a la movilidad urbana o declaraciones de Estados de Excepción Constitucional decretados formalmente por las autoridades políticas o administrativas competentes de la República de Chile que limiten el ejercicio normal de las actividades comerciales.

Obligación de Mitigación y Comunicación: La parte que se vea afectada por un evento de caso fortuito o fuerza mayor deberá realizar los esfuerzos comerciales y técnicos que sean razonablemente exigibles para mitigar los efectos del incumplimiento. Tan pronto como las redes de comunicación lo permitan, deberá informar la situación a la otra parte (ya sea a través de los canales internos de soporte de la aplicación móvil o mediante correo electrónico) detallando las causas del retraso o suspensión del servicio. Una vez que las causas del evento imprevisto hayan cesado en su totalidad, las obligaciones contractuales ordinarias se reanudarán de pleno derecho.

CLAUSULA DECIMO NOVENO: CESIÓN DEL CONTRATO Y TRANSFERENCIA DE POSICIÓN CONTRACTUAL

Las partes regulan la facultad de transferencia y cesión de los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato bajo las siguientes condiciones obligatorias:

Cesión por parte de Kaiyob: Kaiyob se encuentra plenamente facultada para ceder, transferir, delegar o novar su posición contractual en este acuerdo, de forma total o parcial, en favor de cualquier entidad filial, coligada, continuadora legal o un tercero adquirente, sin requerir para ello del consentimiento previo ni autorización del Proveedor. Esta transferencia se ejecutará válidamente en el contexto de procesos de fusión, adquisición, división, reorganización societaria, transformación jurídica o venta global o parcial de los activos comerciales de Inversiones Aguero SpA. Kaiyob se obliga a informar al Proveedor sobre dicha cesión a través de una notificación interna en la aplicación móvil o mediante un correo electrónico enviado a la dirección registrada, con una antelación razonable a la fecha en que la operación surta efectos legales.

Prohibición de Cesión al Proveedor: El Proveedor reviste el carácter de contratante individual calificado en virtud de sus validaciones de identidad, cuenta bancaria y eventuales certificaciones legales. En consecuencia, el Proveedor no podrá ceder, transferir, subcontratar ni delegar su posición contractual, ni ninguno de los derechos u obligaciones que emanan de este Contrato en favor de terceros, sin contar con la autorización previa, expresa y por escrito emitida por el representante legal de Kaiyob. Cualquier intento de cesión o transferencia realizada en contravención a esta prohibición será nula de pleno derecho y constituirá un incumplimiento contractual de carácter grave, facultando a la Empresa para rescindir el Contrato de forma inmediata.

CLÁUSULA VIGÉSIMA: DISPOSICIONES GENERALES

Las partes acuerdan que la interpretación y vigencia del presente Contrato se sujetarán a las siguientes reglas generales de hermenéutica legal:

Principio de Divisibilidad (Salvaguarda Contractual): Si cualquier cláusula, estipulación, frase o parte del presente Contrato fuere declarada nula, inválida, ilegal o inexigible por un tribunal competente o mediante una resolución administrativa firme de la República de Chile, dicha declaración no afectará, viciará ni invalidará la fuerza legal del resto de las cláusulas. Las disposiciones restantes continuarán plenamente vigentes, vinculantes y ejecutables para las partes, debiendo interpretarse el documento de manera armónica para cumplir con la finalidad económica y comercial original del acuerdo.

Integridad del Acuerdo (Entire Agreement): El presente Contrato, en conjunto con los Términos y Condiciones Generales de Uso y la Política de Privacidad de La Plataforma (en todas aquellas materias que resulten técnicamente aplicables al perfil del Proveedor), constituye la manifestación expresa de la voluntad y el acuerdo íntegro, único y definitivo celebrado entre el Proveedor e Inversiones Aguero SpA respecto de su objeto. Este documento deja sin efecto, revoca y sustituye a cualquier negociación, conversación, correspondencia electrónica, propuesta o acuerdo verbal o escrito que las partes hubieren sostenido de forma previa o coetánea al perfeccionamiento digital de este acto.